Se aprobaron en el 49º período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius.
El Codex, organismo internacional responsable de la elaboración de normas de inocuidad de los alimentos, aprobó el 7 de julio nuevas directrices sobre la mención de que “puede contener” alérgenos. Las recomendaciones basadas en la ciencia promueven un uso más coherente del etiquetado precautorio de alérgenos y ayudan a los consumidores a tomar decisiones más fundamentadas con respecto a los alimentos. Al promover un enfoque armonizado con respecto al etiquetado precautorio de alérgenos, el nuevo texto pretende mejorar la confianza de los consumidores y, a la vez, aportar más claridad para los fabricantes de alimentos y los reguladores. Aunque los textos del Codex tienen carácter voluntario, sirven de referencia internacional para las legislaciones locales y facilita el comercio internacional.
La Comisión del Codex Alimentarius aprobó el 7 de julio nuevas directrices internacionales sobre el uso del etiquetado precautorio de alérgenos, lo que representa un paso importante para que las declaraciones del tipo “puede contener” sean más útiles, científicas y coherentes para los consumidores con alergias alimentarias en todo el mundo. Se estima que las estas alergias afectan al 4,3% de la población mundial y causan reacciones que van desde síntomas leves hasta anafilaxis potencialmente mortal. Para millones de consumidores, las declaraciones precautorias sobre los alérgenos pueden ser esenciales para decidir si es seguro consumir un alimento. Sin embargo, el uso de menciones del tipo “puede contener” en las etiquetas varía mucho entre distintos productos y países y aún no está regulado en muchas partes del mundo. Debido a ello, los consumidores se encuentran a menudo con información incoherente que hace difícil determinar el nivel real de riesgo. Algunas personas evitan alimentos que son inocuos para ellas, mientras que otras pueden perder la confianza en las advertencias y optar por hacer caso omiso.
Durante la producción de un alimento pueden llegar a él de forma no intencionada cantidades de alérgenos que no sean ingredientes. Podría ocurrir, por ejemplo, que una tableta de chocolate que no contuviera frutos secos se fabricara en la misma línea de producción que otros productos que sí los contuvieran y se contaminara por restos de frutos secos que hubieran quedado pese a los procedimientos de limpieza. De manera similar, ingredientes como la harina, la leche en polvo o las semillas de sésamo se pueden transferir de forma involuntaria a través del almacenamiento, el transporte o la manipulación en conjunto con otros productos. En estas situaciones, declaraciones precautorias como “puede contener” ayudan a alertar sobre la posibilidad de un riesgo residual. Las nuevas directrices del Codex tienen por fin velar por que las advertencias de este tipo se utilicen sólo cuando el riesgo se haya evaluado sobre una base científica y no pueda controlarse mediante buenas prácticas de gestión de alérgenos.
UN ENFOQUE CIENTÍFICO PARA EL ETIQUETADO DE LOS ALÉRGENOS
En las nuevas directrices del Codex, aprobadas como anexo a la Norma general para el etiquetado de los alimentos preenvasados (CXS 1-1985), se establece un enfoque armonizado, basado en la ciencia y el riesgo, sobre el uso del etiquetado precautorio de alérgenos. Más que emplearlas como sustituto de las buenas prácticas de fabricación, tales declaraciones deberían utilizarse solo después de que las empresas hayan introducido medidas adecuadas de gestión de alérgenos y realizado una evaluación científica que demuestre que persiste un riesgo residual a causa de la presencia no deseada de estas sustancias. El texto complementa normas vigentes del Codex sobre la declaración de alérgenos y la gestión de alérgenos alimentarios, por ejemplo, el Código de prácticas sobre la gestión de los alérgenos alimentarios por parte de los operadores de empresas de alimentos (CXC 80-2020).
